¿Empleado/a de banca entre 1967 y 1978?
Si pagaba en su nómina una Mutualidad…
Una reciente sentencia de TS (Febrero 2023) reconoce la incorrecta fiscalidad que Hacienda aplicaba en las retenciones del IRPF y abre la puerta a solicitar su DEVOLUCIÓN de los años no prescritos.
En BUFETE JURIDICO Y TRIBUTARIO BAILÉN recibimos contínuas consultas al respecto y ya hemos reclamado CON ÉXITO DE DEVOLUCIÓN varios expedientes administrativos que han llegado a los 9.500€.
Muchos Mutualistas LO DESCONOCEN y están dejando pasar la oportunidad de recuperar su dinero y disminuir su fiscalidad futura.
Tanto en el sector de la banca com en otros sectores (metal, correos, educación, etc.)
Fallo Histórico del Tribunal Supremo: Recupere su Dinero en Impuestos
En febrero, el Tribunal Supremo emitió un fallo histórico que ha tenido un impacto significativo en miles de personas en relación con las Mutualidades y el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
El fallo reconoce el derecho de los trabajadores que cotizaron a la Mutualidad Laboral de Banca hasta 1978 a recibir reembolsos por las cantidades adicionales que pagaron en impuestos sobre sus pensiones.
El fallo de la sentencia reconoce el derecho a una reducción fiscal del 100% sobre lo cotizado hasta el 31 de diciembre de 1966 y del 25% sobre lo cotizado entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978.
Esta reducción se aplica proporcionalmente a la pensión de los jubilados mutualistas según el tiempo que cotizaron a la Mutualidad en comparación con su vida laboral total.
Además, esta sentencia permite a los pensionistas solicitar la devolución de los pagos a cuenta del IRPF en los períodos no prescritos y aplicar la reducción fiscal en sus declaraciones tributarias futuras.
El compromiso de Bufete Jurídico y Tributario Bailen:
Nuestros abogados tributarios han presentado con éxito numerosos recursos para la devolución de los pagos a cuenta del IRPF. Esto no se limita solo a mutualistas de la banca; también abarca a otros sectores como construcción, correos, y metal, etc.
La sentencia del Tribunal Supremo afecta a miles de pensionistas que cotizaron en Mutualidades sectoriales o empresariales antes de la implementación de la Seguridad Social en España.
Información Importante
Solo pueden solicitar la devolución aquellos que hayan cotizado a la Mutualidad y que tal cotización figure en su nómina (No se preocucupe sino la conserva)
Sólo pueden reclamarse los ejercicios no prescritos (el último no prescrito es 2019)
La cuantía de la devolución varía según lo cotizado por cada empleado y lo retenido. Por término medio suelen ser unos 3.000€
Todo el procedimiento se alarga en el tiempo. Ahora calculamos que por termino medio unos 6 meses, si no hay requerimientos adicionales de la administración.
Además de la devolución la reclamación se extiende cara al futuro en forma de ahorro fiscal. Una parte de su pensión ya no va a cotizar en los próximos años y es para siempre.
Por termino medio supone un ahorro fiscal de 600€ al año, y contando que es para siempre es mucho dinero.
El coste de la gestión és de 60€
Por el estudio de cada situación personal y de la documentación aportada, por cada caso
Más, aprox 10% variable según el importe obtenido, Si Vd. no cobra nosotros tampoco (mínimo de 300€).
Damos servicio a toda el área metropolitana de Barcelona.
Nuestros servicios telemáticos y de mensajería garantizan una rápida, efectiva y segura relación documental con nuestros clientes.