El Govern de la Generalitat ha aprobado nuevas medidas restrictivas para frenar la pandemia en Cataluña para Navidad que se aplican desde el 21 de diciembre hasta el 11 de enero de 2021. Entre las restricciones que ha aprobado el Govern, se incluye el perímetro cerrado en toda Cataluña, excepto para los desplazamientos justificados y visitas al lugar de residencia habitual de familiares o personas allegadas entre el 23 de diciembre y el 6 de enero. Dentro del territorio se restringe al ámbito comarcal toda la semana, aunque los miembros de una burbuja de convivencia se pueden establecer (residencia o alojamiento) en otra comarca. Los bares y restaurantes pueden abrir al público para servir desayunos y comidas, y pueden abrir en 2 franjas horarias: de 7:30h a 9:30h y de 13h a 15:30h. Se pueden servir comida para llevar hasta las 22h, en el mismo establecimiento, y hasta las 23h, en el caso del servicio a domicilio.
Le informamos que en el DOGC de 19 de diciembre se ha publicado la RESOLUCIÓN SLT/3354/2020, de 19 de diciembre, por la que se prorrogan y se modifican las medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Cataluña.
Estas nuevas medidas restrictivas para frenar la pandemia en Cataluña para Navidad que se aplican desde el 21 de diciembre hasta el 11 de enero de 2021.
Estas son las principales novedades:
Movilidad
Perímetro cerrado en toda Cataluña, excepto para los desplazamientos justificados y visitas al lugar de residencia habitual de familiares o personas allegadas entre el 23 de diciembre y el 6 de enero.
Dentro del territorio se restringe al ámbito comarcal toda la semana, aunque los miembros de una burbuja de convivencia se pueden establecer (residencia o alojamiento) en otra comarca.
La zona transfronteriza entre Andorra y el Alt Urgell se asimila a una sola comarca y se permite la movilidad.
Actividad social y confinamiento nocturno durante los días festivos de Navidad
Las actividades sociales se pueden ampliar a un máximo de 10 personas, siempre y cuando, como mucho coincidan un máximo 2 burbujas de convivencia. El resto de días se sigue el límite de 6 personas.
El confinamiento nocturno se mantiene desde las 10 de la noche hasta las 6 de la mañana, salvo la noche de Navidad y la noche de Fin de año, que será hasta la 1 de la madrugada y la noche de Reyes, hasta las 23h.
Hostelería y restauración
Los bares y restaurantes pueden abrir al público para servir desayunos y comidas, y pueden abrir en 2 franjas horarias: de 7:30h a 9:30h y de 13h a 15:30h. Se pueden servir comida para llevar hasta las 22h, en el mismo establecimiento, y hasta las 23h, en el caso del servicio a domicilio.
Los que estén situados en centros comerciales no pueden abrir.
Equipamientos deportivos
Se tiene que concertar cita previa, garantizar una buena ventilación, hacer las actividades grupales con mascarilla y mantener los vestuarios cerrados, excepto para los usuarios de piscina.
Más información: https://web.gencat.cat/es/activem/restriccions-territorials/catalunya/
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.
Un cordial saludo,