El 31 de diciembre finaliza el último plazo para solicitar ante la TGSS el cambio de base de cotización en el RETA. Las nuevas bases elegidas, surtirán efectos a partir del 1 de enero de 2023.
Cambio de bases de cotización
Los trabajadores autónomos pueden efectuar, hasta el 31-12-2022, una modificación de la base de cotización por la que están obligados a cotizar eligiendo otra entre los límites máximo y mínimo aplicables en el ejercicio.
El cambio de base tendrá efectos a partir del 1-1-2023, fecha en que entra en vigor el nuevo sistema de cotización por ingresos reales (ver novedad). Los autónomos que a 31-12-2022 hayan solicitado el cambio de su base de cotización podrán cotizar por ella siempre que se encuentre entre la base máxima y mínima correspondiente a su tramo de ingresos de las tablas de cotización.
Los autónomos que no ejerzan esta opción ni la de actualización automática de su base de cotización a 31-12-2022, incrementándola en un 8,6%, mantendrán, a partir de enero de 2023, la base de cotización por la que venían cotizando en 2022 siempre que esta sea igual o superior a la que les correspondería por aplicación del nuevo sistema de cotización.
En 2023, los trabajadores autónomos podrán modificar su base de cotización hasta 6 veces a lo largo del año para ajustarla a la evolución de su previsión de rendimientos.
Nota:
El MISSM ha publicado un simulador para para que los autónomos puedan calcular las cuotas que pagarán en 2023 (ver Calculadora de cuotas)